Delegada de datos
El Reglamento europeo 2016/679, comúnmente conocido como Reglamento General de Protección de Datos o, por sus siglas, RGPD, ha introducido esta nueva figura del Delegado/a de Protección de Datos con funciones de:
a) informar y asesorar al responsable del tratamiento de datos personales y a sus empleados;
b) supervisar el cumplimiento de lo dispuesto en la normativa de protección de datos de carácter personal y supervisar el cumplimiento de la política del responsable en esta materia incluida la asignación de responsabilidades, la concienciación y formación del personal que participa en las operaciones de tratamiento y las auditorías correspondientes;
c) ofrecer el asesoramiento que se le solicite acerca de la evaluación de impacto relativa a la protección de datos y supervisar su aplicación;
d) cooperar con la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD);
e) actuar como punto de contacto de la AEPD para cuestiones relativas al tratamiento de datos y realizar consultas, en su caso, sobre cualquier otro asunto.
El RGPD obliga a todos los organismos públicos a nombrar un Delegado/a de Protección de Datos (DPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales (LOPDGDD) incluye entre los organismos obligados a las Universidades Públicas.
Así mismo, el RGPD indica que la figura del DPD será designada teniendo en cuenta sus cualidades profesionales y, en particular, sus conocimientos especializados en Derecho y la práctica en materia de protección de datos. Además, no recibirá ninguna instrucción respecto del desarrollo de sus funciones.
Sandra Castillo Talamantes Tel.: 876 55 36 13 La protección de datos es cosa de todos. |